* Canalizar la colaboración regular de los voluntarios de protección civil como recuso del municipio en el desarrollo de las funciones correspondientes a protección civil.
* Configuración de una organización en base a los medios municipales, a la colaboración de las entidades privadas y de los ciudadanos, para garantizar la coordinación preventiva y operativa respecto a protección de las personas, bienes o medio ambiente ante los daños producidos por las situaciones de emergencia en circunstancias de grave riesgo o catástrofe, mediante la realización de actividades que permitan evitar las mismas, reducir sus efectos, reparar los daños y en su caso, contribuir a corregir las causas productoras de las mismas, tal y como se establece en diferentes planes de emergencia aprobados por el municipio.
* Promover y realizar actividades de carácter voluntario dentro de los servicios preventivos que puedan establecerse dentro del municipio de acuerdo con el convenio de colaboración existente.
* Colaborar con el municipio en la elaboración, desarrollo y mantenimiento de los diferentes planes de emergencia y los que en un futuro apruebe el municipio.
* Desarrollar todas aquellas funciones encaminadas para alcanzar los objetivos previstos en la ley 4/1997, de Protección Civil de la Generalitat de Catalunya
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