A efectos de lo que dispone la legislación vigente, se entiende por voluntariado, el conjunto de las personas que efectúan una prestación voluntaria y libre de servicios cívicos o sociales, sin contraprestación económica, dentro del marco de una organización estable y democrática que comporte un compromiso de actuación a favor de la sociedad y de la persona.
Y se entiende por entidad de voluntariado, la entidad que tiene por objetivo el trabajar para otras personas en la mejora de la calidad de vida, que es integrada mayoritariamente por voluntarios y que constituye una organización autónoma sin ánimo de lucro.
Para alcanzar estos objetivos básicos dentro del ámbito del voluntariado existen las Asociaciones de Voluntarios.
Específicamente dentro del ámbito del voluntariado y del asocianismo, y a través de estas asociaciones de voluntarias realizar un conjunto de acciones dirigidas a evitar, reducir o corregir los daños causados por las personas, bienes o medio ambiente por toda la clase de medios de agresión y por elementos naturales o extraordinarios. Por tal de hacer posible estos objetivos en L´Hospitalet, nace La Asociación de Voluntarios de Protección Civil de L´Hospitalet.
Esta Asociación de Voluntarios, se ha creado mediante las leyes de Protección Civil (4/1997, de 20 de Mayo) la de Asociaciones (7/1997, de 18 de Junio) de la Generalitat de Catalunya. Estas leyes recogen y regulan todas las directrices para desarrollarlas, y conecta la tradición del asocianismo cívico que ha estado y es un elemento importante de la identidad social y cultural de Cataluña y también como a factor esencial para el progreso social.
También se ha de decir que en el ámbito municipal, se reconoce al alcalde como máximo responsable en temas de Protección Civil, que la desarrollará normalmente con la colaboración del Concejal delegado competente en la materia. Los ayuntamientos son las entidades básicas de la Protección Civil a Cataluña y dispone de la capacidad general de actuación y de planificación en esta materia,e
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